EL PARO DE LOS AUTÓNOOMS
EL PARO DE LOS AUTÓNOMOS
No existe una prestación de paro como tal, pero si una prestación por cese de actividad.
Recomendamos delegar este trámite a tu asesor, pues de hacerlo podrías perder todas las oberturas y bonificaciones correspondientes a tu bonificación.
Requisitos generales.
- Estar acogido a la cobertura de contingencias profesionales y cese de actividad en tu alta como autónomo.
- Darte de baja en seguridad social.
- Periodo mínimo de cotización de 12 meses consecutivos.
- No tener deudas con seguridad social.
Requisitos económicos:
- Que las pérdidas en tu negocio durante los últimos 12 meses, hayan sido un 10% superiores a los ingresos facturados en ese mismo periodo, es decir:
1,1 x PÉRDIDAS > o = FACTURACIÓN
- O bien, que dicho porcentaje sea mínimo del 20% durante los dos últimos años.
1,2 x PÉRDIDAS > o = FACTURACIÓN
- Cerrar tu establecimiento antes de iniciar la solicitud.
- Si tienes empleados, deberás garantizar cumplimiento de garantías y obligaciones reguladas por la ley.
Plazo: 30 días desde la baja.
Cuantía: 70% de la base reguladora.
Duración: Si has estado cotizando de 12 a 17 meses, recibirás la prestación durante 4 meses, y por cada 5 meses más de cotización, el cobro se incrementará en 2 meses más.